La ley obliga al transportista a responder de tus cosas hasta un tope: veinte veces el IPREM diario por cada metro cúbico de carga, que con el IPREM de 2026 (20,00 €/día) son 400 € por metro cúbico. Aquí tienes la cuenta hecha, el plazo exacto para reclamar y qué hacer el mismo día de la entrega.
En 30 segundos
La ley obliga al transportista a responder de tus cosas hasta un tope: veinte veces el IPREM diario por cada metro cúbico de carga, que con el IPREM de 2026 (20,00 €/día) son 400 € por metro cúbico. Aquí tienes la cuenta hecha, el plazo exacto para reclamar y qué hacer el mismo día de la entrega.
Si te han roto algo en una mudanza, el transportista responde por ley, tenga seguro o no. La Ley 15/2009, en su artículo 76, pone un techo a esa indemnización: veinte veces el IPREM diario por cada metro cúbico del espacio de carga necesario para hacer la mudanza. Con el IPREM de 2026, ese techo son 400 € por metro cúbico (abajo tienes la cuenta hecha). Y hay plazos: si el daño se ve, tienes que dejarlo por escrito en el momento de la entrega; si no se ve, dentro de los siete días siguientes, descontando domingos y festivos.
Soy Víctor, transportista autónomo en Madrid, once años de oficio. Aquí tienes qué te debe el transportista, en qué plazo hay que reclamarlo y qué hacer el mismo día de la entrega.
El artículo 76 de la Ley 15/2009 dice, literalmente, que "la responsabilidad del porteador por daños o pérdida de los bienes transportados no podrá exceder de veinte veces el Indicador Público de Efectos Múltiples/día por cada metro cúbico del espacio de carga necesario para el cumplimiento del contrato".
La cuenta tiene dos piezas:
Multiplicas: 20 x 20,00 € = 400 € por cada metro cúbico.
Dos advertencias:
Y el límite por kilo que verás en otras webs no es el de las mudanzas. Ese pertenece al transporte ordinario de mercancías (artículo 57, un tercio del IPREM diario por kilogramo). En una mudanza manda el artículo 76 y se calcula por metro cúbico.
La Ley 15/2009 no distingue entre una empresa con cien camiones y un autónomo con una furgoneta. El artículo 76 se aplica igual a los dos. Pagar más caro no te compra más indemnización legal: el techo por metro cúbico es idéntico.
Lo que sí puede pasar es que una empresa te ofrezca, por escrito y con un coste añadido, una cobertura voluntaria por encima de ese límite legal. Eso es un producto aparte: se contrata aparte y se paga aparte. Si nadie te ha hecho firmar nada de eso, el marco es el mismo para todos.
El artículo 77 de la Ley 15/2009 separa dos casos:
El mismo artículo 77 tiene una excepción a tu favor: ese plazo de siete días no se aplica cuando el destinatario es un consumidor y el porteador no le ha informado por escrito, de forma clara y destacada, antes de la entrega. Si eres un particular y nadie te avisó así, tu reclamación no decae solo por haber pasado esos siete días.
Reclama cuanto antes de todas formas: cuanto más cerca de la entrega, más fácil es probar el daño.
Tienes dos vías y ninguna te obliga a pagar un abogado.
Hoja de reclamaciones. La Comunidad de Madrid publica los derechos del usuario de mudanzas en su página de Consumo, con el procedimiento para presentar la reclamación.
Junta Arbitral de Transporte. La propia Comunidad de Madrid explica que las Juntas Arbitrales de Transporte resuelven de forma gratuita reclamaciones y conflictos económicos inferiores a 15.000 €, que el procedimiento es rápido y que el laudo obliga a las partes. El artículo 38 de la LOTT añade que, por debajo de esa cuantía, se presume el sometimiento a las Juntas Arbitrales salvo que una de las partes manifieste expresamente lo contrario antes de realizarse el transporte.
Yo no me opongo al arbitraje.
Son dos cosas distintas y conviene no mezclarlas.
Mi seguro de responsabilidad civil cubre los daños que yo pueda causar a terceros: el ascensor, el rellano, la fachada, la puerta del portal. No es un seguro sobre tus muebles. De tus muebles respondo por ley, hasta el tope del artículo 76, y respondería igual aunque no tuviera póliza: la LOTT (art. 21) impone seguro obligatorio en el transporte de viajeros, no un seguro de mercancías para el transportista. El mío es una decisión mía, no un trámite obligatorio.
Si quieres el detalle de qué cubre cada tipo de seguro en portes y mudanzas, lo tienes aquí: seguro en portes y mudanzas en Madrid.
Trabajo solo, con mi furgoneta, y llevo once años haciéndolo. No te voy a prometer que nunca se rompe nada. Una encuesta de la OCU sobre mudanzas, difundida en enero de 2017, encontró que el 45% de los usuarios había sufrido algún problema y que "una vez que ocurren los problemas, es muy difícil llegar a una solución satisfactoria con la empresa" (nota de prensa de la OCU).
Lo que hago yo:
Si estás preparando una mudanza en Madrid, mira mis mudanzas en Madrid y todos mis servicios. Y si estás comparando presupuestos, aquí tienes en qué fijarte: cómo elegir empresa de mudanzas en Madrid.
Mándame una foto o un vídeo de lo que hay que mover y te doy el precio cerrado por WhatsApp, sin visita y sin compromiso.
Pídeme presupuesto por WhatsApp
El artículo 76 de la Ley 15/2009 limita la responsabilidad del transportista a veinte veces el IPREM diario por cada metro cúbico del espacio de carga necesario para la mudanza. Con el IPREM de 2026 en 20,00 €/día, el cálculo es 20 x 20,00 = 400 € por metro cúbico. Es un techo máximo, no una cantidad automática: se indemniza el daño acreditado sin superar ese límite. El IPREM está prorrogado, así que la cifra cambiaría si se actualiza.
Según el artículo 77 de la Ley 15/2009, los daños aparentes hay que reclamarlos mediante reservas por escrito en el momento de la entrega. Los daños no aparentes, dentro de los siete días siguientes al de la entrega, descontando domingos y festivos. Ese plazo de siete días no se aplica cuando el destinatario es un consumidor y el porteador no le ha informado por escrito, de forma clara y destacada, antes de la entrega.
No. La LOTT (Ley 16/1987), en su artículo 21, impone seguro obligatorio en el transporte de viajeros, no un seguro de mercancías para el transportista. Eso no te deja sin protección: la Ley 15/2009 hace responder al porteador de los bienes transportados, tenga seguro o no, hasta el límite del artículo 76.
Sí. El artículo 73 de la Ley 15/2009 obliga al porteador a presentar, antes de iniciar la mudanza, un presupuesto escrito al cargador en el que consten los servicios que se prestarán, su coste, el coste del presupuesto y el precio total de la mudanza.
La Comunidad de Madrid informa de que las Juntas Arbitrales de Transporte resuelven de forma gratuita reclamaciones y conflictos económicos inferiores a 15.000 €, con un procedimiento rápido y un laudo que obliga a las partes. El artículo 38 de la LOTT establece que, cuando la cuantía de la controversia no excede de 15.000 €, se presume la sumisión a esas Juntas salvo que una de las partes haya manifestado expresamente lo contrario antes de realizarse el transporte. El umbral se mide por el importe de la controversia. También puedes presentar hoja de reclamaciones a través de Consumo de la Comunidad de Madrid.
Guía actualizada el 12 de julio de 2026.
Disponible las 24 horas en Madrid. Te respondo el WhatsApp en minutos y te paso precio cerrado antes de mover una caja.
O directamente: 652 776 402¿No contesto? Llama al 656 377 363